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El Concejo Municipal está conformado por el Alcalde y seis Concejales, los que a través de una elección popular tienen encomendada la labor de representar los intereses de la ciudadanía para mejorar la calidad de vida de los habitantes de la comuna. 

Los concejales de Hualqui, elegidos el 26 de octubre de 2008, son los siguientes:

  • Jaime Sepúlveda Cisterna 
  • Sergio Fuentes Sanhueza
  • Hugo Sanhueza Rozas
  • Jorge Constanzo Bravo
  • Liliana Díaz Vargas
  • Alejandro Astete Gutiérrez

    En su función deben representar los intereses de la comunidad, hasta el próximo proceso eleccionario, que se realizará el año 2012.
    La Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, establece que el Concejo posee funciones normativas, resolutivas y fiscalizadoras, entre las que destacan:
  • Aprobar, rechazar o modificar las ordenanzas municipales, la organización interna de la Municipalidad contenida en la proposición de reglamento que le presente al Alcalde, el Plan Comunal de Desarrollo y sus modificaciones, el Presupuesto Municipal, y sus modificaciones, y el Proyecto del Plan Regulador Comunal.
  • Aplicar, dentro de los marcos que indique la Ley, los tributos que graven actividades o bienes que tengan clara identificación local y estén destinadas a obras de desarrollo comunal.
  • Aprobar la adquisición, enajenación, gravamen, arrendamiento o traspaso a cualquier título del dominio y la expropiación de bienes inmuebles para cumplir con el Plan Regulador Comunal.
  • Aprobar la solicitud del Alcalde para convocar a plebiscito comunal. 
  • Calificar a las empresas que tengan derecho a participar en el Consejo Económico y Social. 
  • Fiscalizar: el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal y la ejecución del presupuesto municipal, las unidades, servicios municipales y las actuaciones del Alcalde, además de formularle las observaciones que le merecen.
  • Velar porque el presupuesto que se apruebe indique los ingresos estimados y los montos suficientes para atender los gastos previstos. 
  • Solicitar informes a entidades que reciban aportes municipales. 
  • Recibir anualmente la cuenta pública de la gestión del Alcalde, sobre la marcha de la Municipalidad, balance de la ejecución presupuestaria y estado de situación financiera, además de pronunciarse sobre ella.
Fecha: 15/05/2008
Tamaño: 0.22 Bytes
Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades

 

    

 

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